Fue ya publicada en el Boletín Oficial del Estado español (BOE) la norma que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) limitando la aplicación de la Jurisdicción Universal. Revisar especialmente el Artículo 1 de la norma referido a la modificación de los apartados 4 y 5 del art. 23 de la LOPJ (pp. 92091 y 92092).

Encabezado del BOE

Encabezado del BOE

La exposición de motivos de la norma señala:

En cumplimiento del mandato emanado del Congreso de los Diputados, mediante resolución aprobada el día 19 de mayo de 2009 con motivo del Debate del estado de la Nación, se realiza un cambio en el tratamiento de lo que ha venido en llamarse la «jurisdicción universal», a través de la modificación del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para, de un lado, incorporar tipos de delitos que no estaban incluidos y cuya persecución viene amparada en los convenios y costumbre del Derecho Internacional, como son los de lesa humanidad y crímenes de guerra. De otro lado, la reforma permite adaptar y clarificar el precepto de acuerdo con el principio de subsidiariedad y la doctrina emanada del Tribunal Constitucional y la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

La norma, aprobada por el Senado español, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Espero pronto poder postear algunos comentarios acerca de esta Ley.

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